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Máster Universitario enAcceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura

Créditos

 
 
 
  • Obligatorios (OB): 54
  • Prácticas Externas (PE): 30
  • Trabajo Fin de Máster (TFM): 6
  • Créditos totales: 90

Plan de estudios

Módulo I - Ejercicio profesional y asesoramiento extrajudicialETCSTipoSemestre
Deontología y  práctica profesional del abogacía 9OBL
ADR 8OBL
Módulo II - Asesoramiento y litigación   
Práctica Civil y Mercantil10OBL
Práctica penal9OBL
Práctica contencioso-administrativa9OBL
Práctica social9OBL
Módulo III - Prácticas externas   
Prácticas externas30OBL
Trabajo fin de máster   
Trabajo Fin de Máster6OBL

Horarios y exámenes

Más información

El Máster está diseñado para preparar a aquellos alumnos que, estando en posesión del título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho o de otro título universitario de Grado equivalente (que reúna los requisitos establecidos en el artículo 3 del Reglamento de la ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales; que deseen acceder al ejercicio de la profesión de abogado y/o procurador de los tribunales), deseen ejercer la profesión de abogado.

Sin embargo, como Perfil del estudiante del Máster de Acceso a la Abogacía de la UCAM, buscamos a personas de excelentes capacidades académicas con habilidades en el planteamiento y solución de problemas y con disposición para el trabajo en equipo y , en fin con alta responsabilidad y compromiso social para involucrarse y asumir la defensa de intereses de terceros.

El título cubrirá las expectativas de los alumnos que han finalizado el Grado en Derecho, y que desean continuar su formación académica con un alto valor añadido para lograr el paso definitivo al ejercicio de la profesión de abogado.

Prácticas en despachos para alumnos del Máster Universitario de Acceso a la Abogacía.

El objetivo de esta asignatura es poner en contacto al alumno/a con el desempeño  de la abogacía. Para el alumno/a esta asignatura supone poner en práctica la formación recibida y complementar su formación académica en la realidad laboral dentro de una red de despachos de abogados adscrita a la propia universidad, ampliar la adquisición de conocimientos, habilidades y actitudes y fomentar el trabajo en equipo.

Practicas Externas:

Procedimiento de Prácticas (PCL08)

(Este Procedimiento del Sistema de Garantía de Calidad tiene por objeto establecer la sistemática a aplicar en la gestión de las prácticas externas integradas en el Plan de Estudios o de las voluntarias extracurriculares. Es de aplicación a la gestión de las prácticas externas durante un curso académico, y se hace extensiva a los estudiantes, servicios de la universidad e instituciones que estén implicadas en la realización de estas prácticas.)

Los 6 ECTs del Trabajo de Fin de Máster verificarán si el estudiante alcanza las competencias generales y específicas del Máster.

El perfil profesional que presenta este máster tiene como objetivo formar a futuros abogados capacitándolos para ser profesionales  del Derecho. 

Para obtener el Máster Universitario de Acceso a la Abogacía, todo estudiante deberá superar obligatoriamente el Trabajo Fin de Máster (TFM).

Este trabajo debe estar orientado a la evaluación de competencias asociadas al máster y se defenderá públicamente una vez que el estudiante haya superado todos los créditos del Plan de estudios del máster a excepción de los correspondientes al trabajo.

El TFM consistirá en la selección de un tema relacionado con la abogacía y, tras realizar una recopilación preliminar de información del estado actual de esa cuestión, determinará una hipótesis de trabajo con los objetivos correspondientes, diseñará un esquema de trabajo, realizará una búsqueda bibliográfica sistematizada u organizada  y elaborará el estudio, con el fin de obtener unos resultados y concretar unas conclusiones. El trabajo deberá integrar los contenidos formativos recibidos y estará  orientado al desarrollo y a la evaluación de las competencias profesionales  y transversales recogidos en el presente plan des estudios. El trabajo también demostrará una sólida formación en el manejo de fuentes legales, doctrinales y jurisprudenciales que sirven de sustento a las actividades o estrategias desarrolladas y conclusiones alcanzadas.

Su contenido y extensión debe ser proporcional a los 6 créditos ECTS que le están asignados y, por tanto, la cantidad de horas de trabajo del alumno para llevarlo a término se ajustará a dichos créditos.

La Universidad dispone de un Procedimiento de Planificación, desarrollo de las enseñanzas y extinción del Título (PCL05):

Este Procedimiento del Sistema de Garantía Interno de Calidad tiene por objeto establecer el modo en el que la Universidad Católica San Antonio de Murcia (UCAM) garantiza la planificación y desarrollo de su programa formativo, así como se dota de mecanismos para llevar a cabo la correcta extinción del título.

Este procedimiento es de aplicación a todas las titulaciones oficiales ofertadas por la Universidad Católica San Antonio de Murcia así como a los grupos de interés de la UCAM (Alumnos, empresas, PAS, PDI, administración publica, sociedad en general....).

Reconocimiento de Créditos Cursados en Enseñanzas Superiores Oficiales no Universitarias:

  • Min:0 Max:0

Reconocimiento de Créditos Cursados en Títulos Propios:

  • Min:0 Max: 9

Se incorpora el reconocimiento por Título Propio tal y como indica el R.D. 1397/2007 en su artículo 6, queda incluido el 15% (9 ECTS) por Reconocimiento de Créditos Cursados en Títulos Propios.

Reconocimiento de Créditos Cursados por Acreditación de Experiencia laboral y profesional:

  • Min: 0 Max:0

La UCAM ha creado la Comisión de Transferencia y Reconocimiento de Créditos, integrada por responsables de la Jefatura de Estudios, Vicerrectorado de Alumnado, Vicerrectorado de Ordenación Académica, Vicerrectorado de Relaciones Internacionales, Secretaría General y Dirección del Título, y ha elaborado la normativa al efecto. Normativa sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos en las Enseñanzas de Grado y Postgrado en la Universidad Católica San Antonio de Murcia publicada en la página web de la UCAM (http://www.ucam.edu/servicios/ordenacion-academica/reconocimiento-y-transferencia-de-creditos/comisiones-de-reconocimiento-y-transferencia-de-creditos), según se establece en el Art. 6 del R.D. 1.393/2.007, de 29 de octubre. Además de lo establecido en dicho artículo, se establecerán las siguientes reglas básicas, recogidas en el artículo 13 del referido R.D.:

  • a) Siempre que el título al que se pretende acceder pertenezca a la misma rama de conocimiento, serán objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a materias de formación básica de dicha rama.
  • b) Serán también objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en aquellas otras materias de formación básica pertenecientes a la rama de conocimiento del título al que se pretende acceder.
  • c) El resto de los créditos podrán ser reconocidos por la Universidad teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las restantes materias cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios o bien que tengan carácter transversal.
  • Miembros de esta Comisión han participado, el 6 de noviembre de 2.008, en el Taller sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos, organizado por el Ministerio de Ciencia e Innovación y celebrado en la Universidad de Alicante, al objeto de contrastar experiencias con otras universidades sobre dicha normativa.

La Universidad Católica San Antonio de Murcia no ha determinado modificación alguna respecto a la normativa que se aplica en la modalidad de enseñanza presencial actualmente implantada, con informe positivo de ANECA, y que por lo tanto será también de aplicación a la modalidad a distancia.

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