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Doctor con Mención Europea

Se podrá incluir en el anverso del título de Doctor la mención «Doctor Europeo», siempre que concurran las siguientes circunstancias:

a) Que, durante el periodo de formación necesario para la obtención del título de doctor, el doctorando haya realizado una estancia mínima de tres meses fuera de España en una institución de enseñanza superior o centro de investigación de un Estado miembro de la Unión Europea, cursando estudios o realizando trabajos de investigación que le hayan sido reconocidos por la universidad.

b) Que parte de la Tesis Doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y sea presentado en una de las lenguas oficiales de la Unión Europea distinta a cualquiera de las lenguas oficiales en España.

c) Que la Tesis haya sido informada por un mínimo de dos expertos pertenecientes a alguna institución de educación superior o instituto de investigación de un Estado miembro de la Unión Europea distinto de España.

d) Que, al menos, un experto perteneciente a alguna institución de educación superior o centro de investigación de un Estado miembro de la Unión Europea distinto de España, con el título de doctor, y distinto del responsable de la estancia mencionada en el apartado a) y los mencionados en el apartado c), haya formado parte del tribunal evaluador de la Tesis.

f) La defensa de la Tesis ha de ser efectuada en la propia Universidad en la que el doctorando estuviera inscrito.

 

Procedimiento

1.      Los doctorandos interesados en obtener la mención de “Doctor Europeo” deberán presentar en la Secretaría de Tercer Ciclo, junto con la documentación ordinaria de su Tesis, los siguientes documentos:

a.       Instancia solicitando la mención.

b.      Informes acreditativos a los que se refiere el Art. 14 c.

c.       Certificación acreditativa de estancia en un país europeo a que se hace referencia.

2.      Una vez recibida la documentación, ésta se remitirá a la Comisión de Doctorado que podrá:

a.       Aprobarla: el Secretario de la Comisión de Doctorado expide certificación de admisión otorgando el V. º B. º.

b.      Denegarla: exponiendo los motivos para que, en su caso, se subsanen posteriormente, procediendo a archivar la solicitud.

3.      Previo al acto de lectura de la Tesis, la certificación de admisión mencionada en el apartado anterior se trasladará al Secretario del Tribunal encargado de juzgar la Tesis junto con el resto de documentación del doctorando.

4.      Tras el acto de defensa de la Tesis, el Secretario del Tribunal certificará que se han cumplido los requisitos para optar a la mención:

a.       Que el tribunal ha sido constituido con al menos un miembro perteneciente a un centro de enseñanza superior o instituto de investigación de otro país europeo.

b.      Que la defensa de la Tesis Doctoral ha sido efectuada parcialmente en un idioma oficial de otro estado europeo.

Tanto en el Certificado, como en el reverso del Título, como en el Diploma, se pondrá el sello o anagrama de Doctor Europeo aprobado por el citado Comité de Enlace de las Conferencias de Rectores y de Presidentes de las Universidades de los Países Miembros de la Comunidad Europea: círculo formado por estrellas de cinco puntas en el que figura inscrita la leyenda “DOCTOR EUROPEUS”.

 

Acciones de Documento

Contacto

Andrés Hernández Rodríguez
Servicio de Doctorado
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