Reconocimiento y transferencia de créditos
Según se recoge en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, se entiende por reconocimiento de créditos, la aceptación por una universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial.
La transferencia de créditos implica que, en los documentos oficiales acreditativos de los estudios de cada estudiante, se incluirán la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.
Todos los créditos obtenidos (transferidos, reconocidos y superados) por el estudiante en enseñanzas oficiales, serán incluidos en su expediente académico y reflejados en el Suplemento Europeo al Título.
En cuanto al reconocimiento y transferencia de créditos en las enseñanzas de Grado, se deberán respetar las siguientes reglas básicas:
- Siempre que el título al que se pretende acceder pertenezca a la misma rama de conocimiento, serán objeto de reconocimiento al menos 36 créditos correspondientes a materias de formación básica de dicha rama.
- Serán también objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en aquellas otras materias de formación básica pertenecientes a la rama de conocimiento del título al que se pretende acceder.
- El resto de los créditos podrán ser reconocidos por la Universidad teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos adquiridos, bien en otras materias o enseñanzas cursadas por el estudiante o bien asociados a una previa experiencia profesional y los previstos en el plan de estudios o que tengan carácter transversal.
Para la solicitud de reconocimiento y transferencia de créditos, el alumno deberá aportar en la Secretaría del Centro, la siguiente documentación: Solicitud de reconocimiento (http://apps.ucam.edu/ReconocimientoCreditos/faces/jsp/bienvenida.jsp), Certificación Académica Personal y el Programa y contenidos de las asignaturas de las que se solicita su reconocimiento debidamente sellados por el centro donde realizó los estudios. Una vez reunida la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos (CRTC), se comunicará al alumno, a través de campus virtual el resultado de su solicitud, en un plazo máximo de 40 días naturales desde la recepción de los documentos.
NOTA IMPORTANTE: Mientras se resuelve su solicitud, se recomienda al alumno asistir a las clases de aquellas asignaturas de las que ha solicitado el reconocimiento de créditos

