Protección de resultados
Los resultados de las actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación, que se desarrollan en las Universidades y Centros y Organismos de investigación, deben de protegerse por diversos motivos, entre los que hay que destacar la transferencia de los resultados a sectores socio-económicos. Esta constituye un elemento fundamental para impulsar la innovación tecnológica y el beneficio socio-económico, cumpliendo a su vez con el compromiso mencionado de difusión y divulgación del conocimiento.
Por tanto, la protección de los resultados de I+D+i es fundamental para la explotación de dichos resultados, bien por el propio centro o sus investigadores (por ejemplo mediante la creación de empresas spin-off), bien a través de su transferencia a usuarios externos, otras instituciones y en general a la sociedad. Así, uno de los objetivos de la OTRI es ayudar a los investigadores a proteger de forma adecuada los resultados generados en sus investigaciones y a transferirlos a otras instituciones interesadas en ellos.
El ordenamiento jurídico regula las distintas modalidades de protección en atención a las características específicas de los resultados obtenidos. En este sentido, podemos diferenciar dos tipos de protección de los resultados de investigación:
- Los derechos de Propiedad Intelectual (Copy Rights)
- Los derechos de Propiedad Industrial (Industry Property Rights)

